Más allá de que la mayoría de las personas no la respetan, la Agencia de Protección Animal de la Ciudad de Buenos Aires, tiene reglas muy claras con respecto a los paseos caninos. Según consta en el reglamento, todas aquellas personas que pasean perros, ya sea en forma lucrativa o no, tienen las siguientes obligaciones, vinculadas con la noción de "tenencia responsable".
• Los animales domésticos deben ser conducidos mediante el empleo de correa y collar.
• Deben recogerse las deyecciones de los animales con una escobilla y una bolsita.
• No se pueden atar a los animales a árboles, monumentos, semáforos, postes o cualquier tipo de mobiliario urbano.
• Los perros solamente podrán permanecer en el espacio público sin el empleo de rienda o collar cuando se encuentren en los lugares exclusivamente autorizados para el uso
de animales domésticos (por ejemplo, caniles).
• Si se pasea a más de tres perros en forma simultánea (aún cuando los animales sean
propios) es necesario inscribirse en el “Registro de paseadores de perros”.
• Los paseadores inscriptos en el Registro no pueden llevar más de 8 perros a la vez.
Es importante recordar que al respetar las normas de convivencia, tanto las personas como sus mascotas podrán vivir en armonía.
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